DESCRIPCIÓN
Terreno en venta en esquina en la mejor zona de Villa Crespo sobre Av. Scalabrini Ortiz y 44mts. de frente sobre calle lateral.
Estudio de factibilidad constructiva realizado con el Nuevo Código.
Zonificación código actual= C.M.
Altura permitida= 31,20m + 2 retiros.
M2 vendibles= 7.847m2
Incidencia= u$s 867/m2
Incidencia con plusvalía incluida= U$S 954/m2
Calculo plusvalia= 5.517m2 x 1.075 UVAS x 27%= 1.601.291 UVAS
Se aceptan m2 terminados y a construir en parte de pago!
Se escuchan ofertas!!
*Todas las cifras referidas al potencial constructivo son una aproximación matemática y deben considerarse solo como orientación. Los cálculos definitivos deben ser realizados con referencia a un anteproyecto con consulta Municipal, debiendo ser verificado por el interesado.
© 2024 Coldwell Banker. Todos los derechos reservados. Coldwell Banker y los logotipos de Coldwell Banker son marcas de servicio de propiedad de Coldwell Banker Real Estate LLC. El sistema Coldwell Banker® está compuesto por oficinas propias de propiedad de una subsidiaria de Realogy Brokerage Group LLC y por oficinas adheridas al Sistema Coldwell Banker que son de propiedad y operación independientes. En cumplimiento con la normativa vigente, los asistentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. La intermediación y conclusión de las operaciones inmobiliarias es desarrollada por Martilleros y Corredores Públicos. Esta Oficina Inmobiliaria se encuentra a cargo de Maria Lucila Ipuche CSI 5625 ; CUCICBA 6106 Folio 228 Libro 1, adherida al Sistema Coldwell Banker Rio de la Plata . CUIT: 27-30456238-8,Avenida del Libertador 5744, Belgrano 1428, CABA.
Las fotos, descripciones y demás datos, son meramente descriptivos. Las medidas, porcentuales, superficies y designaciones exactas surgen del reglamento de copropiedad y administración, del plano de mensura y división del inmueble. El precio puede estar sujeto a modificaciones. La venta de inmuebles está supeditada a que su propietario cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n° de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general nro. 2371 de AFIP.
Ley 5115: Excepto que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, la misma puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.